domingo, 21 de febrero de 2021

Claves para gestionar y resolver conflictos

 



Los 5 estilos de manejo de conflictos

1.    Complaciente. Un estilo complaciente abandona sus propias necesidades o deseos en favor de los demás, así que darías prioridad a sus preocupaciones. .

2.    Evasivo. Este estilo evita por completo el enfrentamiento. ...

3.    Comprometido. ...

4.    Colaborativo. ...

5.    Competitivo.

 

Cómo mediar en un conflicto, en los siguientes pasos.  

  1. Lo básico para empezar. ...
  2. Dedica un tiempo a que se tranquilicen. ...
  3. Deja que se expresen. ...
  4. Reformula lo que oyes, de manera constructiva. ...
  5. Busca una solución a medio camino.

 

Claves para gestionar y resolver conflictos

  1. Presta atención y escucha. ...
  2. La prioridad es la resolución del conflicto, no ver quién tiene razón. ...
  3. Sin rencores del pasado, céntrate en el aquí y ahora. ...
  4. Si puedes evitarlo no des lugar al conflicto. ...
  5. Debes estar dispuesto a perdonar. ...
  6. A veces hay que dejar que las cosas pasen.

 

17. Ser neutral: el mediador debe hacer un registro constante de su persona para equilibrar las posiciones de las partes, por ejemplo, dándoles el mismo tiempo para expresarse, legitimando… El mediador no les va a juzgar, solo verbaliza el conflicto y ayuda a acordar los pactos, pero no se sitúa a favor de ninguno

 

 Requiere de paciencia, y en algunos casos incluso es necesario cambiar comportamientos o creencias limitantes que tenemos muy arraigados.

1.   Mantener la calma. ...

2.   Escuchar para entender. ...

3.   Acentuar lo positivo. ...

4.   Exponer los argumentos con tacto. ...

5.   Atacar el problema y no a la persona. ...

6.   Evitar el juego de la culpa.

 

¿CUANDO ES CONTRAINDICADA LA MEDIACIÓN

 




ALERTA EN ESTAS SITUACIONES.CUANDO ES CONTRAINDICADA LA MEDIACIÓN ‘


La mediación estará siempre contraindicada.
En este sentido, la mediación familiar, no es aconsejable para aquellos casos en los que:


         Algún miembro de la pareja no ejerce el control sobre su voluntad y, por lo tanto, es incapaz de asumir compromisos adquiridos o incluso de adquirir compromiso alguno.


·          Situaciones tales como alcoholismo, toxicomanía, ludopatía etc., requieren de un tratamiento previo al inicio de un proceso de mediación familiar.      
   Tampoco es aconsejable la mediación en todos aquellos supuestos en los que uno de los miembros de la pareja o sus hijos sean objeto de violencia familiar, porque en estos casos las decisiones estarán inevitablemente condicionadas por el desequilibrio de poder que existe entre la pareja, llegando a influir en los acuerdos el temor al otro, con el consiguiente riesgo para los miembros de la unidad familiar víctimas de la violencia y el incremento de la probabilidad de incumplimiento del acuerdo.

Qué casos no se aplican en el sistema de mediación?

 

El sistema de mediación, es una opción para resolver problemas legales sin necesidad de acudir a un juicio.

 Existen diferentes  casos que se pueden solucionar a través de la mediación.  Sin embargo, también hay temas que no se pueden solucionar a través de este sistema y que tienen que ver con los que no se sobreponen a los derechos de terceros y del interés público.

ASUNTOS MEDIABLES POR LA POLICÍA

La mediación Policial, será aplicable en los asuntos que sean susceptibles de convenio, no contravengan alguna disposición legal expresa o no afecten derechos de terceros.

Es claro que no todos los conflictos de la comunidad pueden ser mediables, la única limitante es el orden público, al efecto, el policía mediador podrá atender los siguientes asuntos:

·         Conflictos vecinales (ruidos, estacionamientos, mascotas, basura, etc.)

·         Conflictos familiares (peleas entre cónyuges, hijos y demás familiares)

·         Conflictos escolares (peleas entre alumnos, maestros, cuerpo docente, padres de familia, etc.)

·         Conflictos en las empresas (peleas entre empleados, jefes, sindicato u obras)

·         Conflictos con el medio ambiente. (Trifulca por malos olores, problemas de salud e higiene).

Una de las habilidades del policía mediador, consistirá en activar el proceso de comunicación y dialogo efectivo, equilibrar los argumentos de los participantes del conflicto, control de sus propias crisis para contener la ira y sus impulsos, pero sobre todo actuando con imparcialidad, neutralidad, empatía y rapport.

Todo lo que es competencia de otros organismos, debe remitirse con sus actuaciones y actas correspondientes, ya que ellos serán los encargados por la materia que les compete.

Igualmente debe tenerse presente, que no se puede mediar  con personas  drogadictos,  alcohólicos, y otras enfermedades mentales. A menos que presenten su informe médico correspondiente. En estos casos deben remitirse al órgano correspondiente o  a la fiscalía, si es considerado como presunto delito, violencia de género u otros. . 

Limitaciones de la aplicación del proceso de Mediación:

Cuando hay que denunciar lo que está sucediendo. Cuando hay violación a los Derechos Humanos. Cuando no hay voluntad de una de las partes.

El límite de la mediación de los MASC,  es un hecho a considerar en todo proceso instrumental e investigativo, entendiendo que el límite del orden publico varia en el tiempo y espacio, es decir conforme a la norma jurídica de cada entidad o país, es decir conforme a la tutela exclusiva del Estado .

Destacando aquellos comportamientos que ponen en peligro la vida e integridad de las personas, aquí debe hacer valer su autoridad y competencia policía investigativa, según lo determinado en la ley de la función policial. 



La materia transigible son todos los asuntos donde se puede disponer de los propios derechos de forma libre, voluntaria e informada, «siempre que los acuerdos no sobre pasen dos límites: el interés público y los derechos de terceras personas». En caso contrario, se trataría de materia no transigible.

Limitaciones:

  1. La potestad de impartir o no impartir justicia.
  2. Derechos humanos o fundamentales, es decir derechos que son inherentes a esas personas, como por ejemplo, el derecho a la vida y la libertad.
  3. No se puede hacer mediación en temas tributarios.
  4. Respecto al cambio de estado civil de las personas no se puede mediar, es decir, no se puede divorciar a las partes.
  5. Derechos de terceros, no se puede acordar el no pago de pensiones de alimentos atrasadas, ya que el titular de derechos de alimentos es el o la menor y no los padres. Son competencia de los tribunales.
  6. Materia laboral, no se puede mediar los derechos de los trabajadores ya que estos son irrenunciables. Es diferente en el caso sobre la forma del cumplimiento de las obligaciones laborales. Por ejemplo, si se termina una relación laboral se puede realizar un acuerdo para determinar cómo se pagarían las obligaciones.
  7. Patria potestad, va relacionada a la seguridad personal del menor y por tanto el juez es quién debe manejar el caso sin la posibilidad de un proceso de mediación.

Los casos que no se someten al sistema de mediación están relacionados a temas penales que no sean reparables, como un asesinato.

La violencia intrafamiliar tampoco se ‘negocia’. Eso, según Grijalva,  no se puede pactar.

Prof. Zaida Marcano

Docente investigación educativa. 

 

 


Mediación familiar. En casos de divorcio o separación.

 

Desde que se decide acudir a un proceso de mediación estará basado en la voluntariedad como principio fundamental, desde el primer instante el mediador informara todos los detalles del proceso de mediación, comunicando de una primera entrevista que será la informativa, y todas las peculiaridades del proceso en sí.

 

Es necesario que ambos acudan a todas las entrevistas señaladas, el mediador generalmente puede ver a la pareja semanalmente y en casos especiales los vera por separado.

 

Se les debe informar que la mediación es un proceso  voluntario y que puede ser suspendida de manera espontánea por cualquiera de las partes involucradas en el conflicto familiar. Debe exponer a la mediadora o mediador el motivo de su renuncia.

 

También en esta entrevista inicial se informará del papel que la mediadora o el mediador va a desempeñar en la intervención, señalando que va a servir de guía de un proceso de negociación entre ambos que tiene como finalidad llegar a acuerdos con respecto a la nueva organización familiar una vez producida la separación o el divorcio.

Su papel es y será imparcial sin ningún interés claro está que ninguno salga favorecido, sino dejaría de ser mediación, y se entendería como un proceso de un divorcio por la vía jurisdiccional.

El objetivo es encontrar la solución menos perjudicial para todos los miembros de la familia.

 

Además debe explicarles el papel de la imparcialidad, y que los que se hable en las entrevistas así como los documentos o actas que se dejen transcritos son confidenciales, garantizándoles el principio de confidencialidad en el proceso de mediación en todo momento, antes y después y que no podrá ser utilizado en caso de que abandonaran la mediación.

 

En el punto de la negación  y cada uno de los temas que pudieran plantearse será de manera consensuado ósea ambas partes llegarse a ese encuentro de voluntades, Esta segunda etapa se iniciará únicamente si ambos miembros de la pareja están seguros de querer seguir adelante con la separación.

 

Si al final de la negociación se llegan a acuerdos en todos los aspectos tratados, se redactará un documento que va a servir para tramitar su separación judicial o divorcio.-

 

 

Dra. Zaida Marcano de Navas.-

 


jueves, 18 de febrero de 2021

SOLUCIÓN PACIFICA DE CONTROVERSIAS INTERNACIONALES.-

 




 

A LOS 55 AÑOS DEL ACUERDO DE GINEBRA

Historia.-
El Acuerdo para resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica, mejor conocido como Acuerdo de ...  DE GINEBRA
Fecha17 de febrero de 1966
Tipo de tratadoTratado limítrofe procedimental (no-definitivo)
Firmado17 de febrero de 1966GinebraSuiza
CondiciónHasta llegar a un acuerdo definitivo y satisfactorio para las partes
ExpiraciónIndeterminado
 En el Acuerdo de Ginebra se establece la creación de una Comisión Mixta integrada por representantes de Venezuela y de Guayana Británica (Reino Unido, a pesar de ser parte firmante del tratado, no tiene participación en la comisión) la cual en un plazo de 4 años tendría que decidir cuál podía ser la solución al problema limítrofe, una vez vencido este plazo, se suscribe en 1970 el Protocolo de Puerto España5​ entre Guyana, Reino Unido y Venezuela por el cual se “congelaba”, por un término de 12 años, parte del Acuerdo de Ginebra. En 1982 Venezuela decide no ratificar el Protocolo de Puerto España y se vuelve a lo establecido en el acuerdo.
En 1983 Venezuela propone la negociación directa con Guyana pero ésta no acepta y propone tres alternativas: la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad o la Corte Internacional de Justicia, las cuales Venezuela rechaza.
Ese mismo año de 1983, por iniciativa de Venezuela, el conflicto limítrofe se lleva bajo los auspicios del Secretario General de las Naciones Unidas, en concordancia a lo previsto en el artículo IV numeral 2 del acuerdo y apegados al artículo 33º de la Carta de las Naciones Unidas referente a los medios de soluciones pacíficas de controversias.



En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que comienza a funcionar desde 1989 en la persona de un Buen oficiante elegido y aceptado por las partes.  Esta figura tiene como función acercar a ambos gobiernos con el fin de que estos lleguen a una solución satisfactoria como lo dicta el tratado.
El último Buen oficiante fue el jamaicano Norman Girvan, quien fue elegido y aceptado por ambos países con la aprobación del Secretario General de la ONU.
Para Venezuela, el objeto del acuerdo es comprometer a las partes a llegar a una solución satisfactoria para acuerdo práctico entre los dos países.
 
Se habla de “buenos oficios” cuando un país, al advertir que existe una controversia, procura aproximar a las partes contendientes por medio de la diplomacia.
 La Resolución Pacífica de Conflictos, en palabras sencillas, se puede describir como la intención y voluntad de las personas para resolver una disputa en la que se encuentran involucrados.
 
Este instrumento internacional  es el que regula la controversia territorial por la Guayana Esequiba, rubricado en 1966 por la nación suramericana y el Reino Unido, aunque posteriormente implicaría a Guyana, una vez obtenida su independencia.
 
Fuentes: Enciclopedia libre

Redactora.-  Dra. Zaida Marcano de Navas

 

 


martes, 16 de febrero de 2021

LA MEDICIÓN POLICIAL EN LAS COMUNIDADES .-

 

La mediación Policial pretende colaborar con la prevención y resolución de los conflictos que alteran las relaciones entre los ciudadanos, buscando además generar mejores condiciones de seguridad pública e incentivar la convivencia en la capital del país.

¿Cuándo se aplica la mediación policial?
La mediación Policial, será aplicable en los asuntos que sean susceptibles de convenio, no contravengan alguna disposición legal expresa o no afecten derechos de terceros.
 La mejor forma de solucionar los conflictos que se presentan en tu vida es el diálogo.


Jamás olvides los principios de la mediación:

Imparcialidad
Confidencialidad
Honestidad
Flexibilidad
Equidad


Los principios de imparcialidad, neutralidad y buena fe son, en realidad, principios generales del Derecho del orden jurisdiccional y del orden contractual. Sí que son propios de la mediación tres principios en concreto: el de voluntariedad, el de libre disposición y el de confidencialidad.

  Que te distingue de los demás como ese policía como un mediador  comunitario ¿


Tomar acción y desarrollar tus habilidades para el beneficio de muchas personas.
  Es un modelo, el cual es para la implementación de herramientas a la  nueva visión del  Policía y la  Justicia Cívica.
 Que te distingue de los demás como ese policía como un mediador  comunitario ¿
Tomar acción y desarrollar tus habilidades para el beneficio de muchas personas.


  Es un nuevo modelo, el cual es para la implementación de herramientas a la visión del  Policía y la  Justicia Cívica.


 ETAPAS DE LA MEDIACIÓN POLICIAL.-

Es importante tener el personal debidamente capacitado y certificado para la solución de los conflictos de una manera diferente, voluntaria, pacífica, innovadora e imparcial.


La policía es la primera línea en la ciudadanía para hacer frente a cualquier tipo de conflicto, es decir, si un policía cuenta con las herramientas y los instrumentos en mediación, frenamos en automático que la escalada del conflicto no transcienda a un delito, trayendo como resultado, una sociedad pacífica.


 La mediación es un proceso que busca otorgar un espacio de diálogo directo y participativo entre 2 o más personas que tienen un problema.
La idea es que conversen sobre el origen del conflicto y las consecuencias que se han derivado de él.


Los interesados concurren a la realización de una o más sesiones,  en donde todos buscan vías de solución del conflicto.



ESTAS DISPUESTO A DIALOGAR Y BAJAR LA GUARDIA ? 
ESCUCHEMOS A LOS DEMÁS Y LUEGO EXPONES TU POSICIÓN CON RESPETO Y EDUCACIÓN.- 
 

martes, 9 de febrero de 2021

QUE DEBE APORTARSE A LA MEDIACIÓN FAMILIAR.


fuertes suelen ser 




    QUE DEBE
 APORTARSE A  LA MEDIACIÓN FAMILIAR,

Cuan fuertes suelen ser las reuniones de controversias familiares, desde que práctico la mediación en los casos jurídicos, la mentalidad de litigante ha mermado mucho y solo suelo distinguir como abogada el conflicto del litigio o la mera controversia.

Como ya sabemos no todo se puede mediar, sobre todo en los casos que existe violación de los  derechos humanos fundamentales,  bien  agresión, violencia física o psicológica.

Cundo existe el quebrantamiento en la relación familiar, es recomendable reflexionar con calma acerca del conflicto esto exige tiempo, y que el mediador o intermediario facilite herramientas efectiva.

La mediación no es un guía para resolver conflictos del pasado, puede
ser que consiga ver las cosas pasadas de una forma diferente, pero nos
vamos a centrar en definir una nueva vida con opciones para cada uno de
ustedes.

Se va a hacer bajo un clima de confianza, y 



ya que es voluntario, tendremos unas reglas mínimas que respetar: el respeto y sin descalificaciones, ni ofensas, con honestidad.

SESIONES DE MEDIACIÓN: “ESCUCHEMOS, SEAMOS ESCUCHADOS”

Tras la sesión informativa las partes firman el acta inicial, con el que se da comienzo al proceso de mediación propiamente dicho.

Más a menudo de lo que sería deseable, los conflictos comienzan y se desarrollan hasta llegar a un punto en que el contexto que queda es de ganador/perdedor. La mediación está diseñada para eliminar esa dualidad, porque este procedimiento está pensado en el beneficio de todos, ya que aquí no se puede ganar a expensas de los demás y ninguno puede perder, son ustedes quienes deberán salir con un acuerdo satisfactorio para todos, decidido y controlado por todos siendo una solución de ganador / ganador y con la ayuda y asesoramiento de quien necesiten si es que es necesario.

Centro de Mediación y Resolución de controversias

¿Que ofrecemos¿

Conflictos entre vecinos por ruidos, animales o estorbos.

• Cobros de dinero relacionados con contratos de arrendamiento, préstamos, y contratos de servicios.

• Pensión alimenticia entre parientes., abandono de adultos mayores,

• Relaciones y   (visitas a hijos o nietos).

• Controversias entre arrendadores y arrendatarios sobre condiciones de la propiedad.

• Reclamaciones por daños por acciones personales o contractuales.

• Mediación escolar para conflictos en la comunidad educativa.

. Mediación Escolar.  Mediación laboral, o Mercantil, Empresas familiar controversias entre socios.  Mediación familiar. Atención al usuario y al consumidor, ventas y servicios  online, por reclamos o descontento.

Dra. Zaida Marcano de Navas

Jurista, Mediadora privada  y  Pedagoga.-

Directora de la Revista Digital,  Medición Policial

Y Medición Venezuela.-

 

 las reuniones de controversias familiares, desde que práctico la mediación en los casos jurídicos, la mentalidad de litigante ha mermado mucho y solo suelo distinguir como abogada el conflicto del litigio o la mera controversia.


domingo, 7 de febrero de 2021


 


 

MEDIACIÓN VENEZUELA REFLEXIONES Y APRENDIZAJES

 

CONVERSANDO SOBRE MEDIACIÓN, EL DIALOGO Y LA COMUNICACIÓN COMO CULTURA.

Dra.  Zaida Marcano de Navas.


 

PRINCIPIOS Y PROHIBICIONES EN LA MEDIACIÓN.

 "Un mediador no debe permitir que se hagan grabaciones o transcripciones de los debates de la mediación."

La conducta y la ética de un mediador son fundamentales en sus actuaciones.-

La importancia de la confidencialidad en la mediación no puede ser subestimada

Es una herramienta esencial en la mediación, que no puede dársele una mera interpretación, este debe asegurar a las partes una escena de tranquilidad  y confianza para que puedan expresar lo que tienen por dentro, que confíen para poder expresar lo más íntimo, entre otras cosas, la protección de la confidencialidad es un principio fundamental de la mediación.

Un mediador emplea técnicas diversas para proteger la información confidencial durante el proceso de la mediación. Por ejemplo, durante una reunión privada entre el mediador y un participante, el mediador y el participante pueden conversar sobre varios asuntos. Al fin de la reunión privada, el mediador le pide al participante que le indique la información que puede ser compartida con los otros participantes y la que debe mantenerse privada. Sin el permiso del participante, el mediador no debe revelar a los otros participantes la información reservada.

1.- Los participantes o el mediador, no podrán ser obligados a testificar en ningún procedimiento relacionado  que surge de la materia en conflicto, o en un proceso que requiera la divulgación de estos datos, relacionada con el conflicto.-

2.- Muchos mediadores, antes de comenzar una mediación, exigen que los participantes firmen un acuerdo que otorga la  privacidad a los asuntos confidenciales que pueden surgir durante el proceso. 

3.- Para proteger la información confidencial del público en general, algunos mediadores recomiendan destruir las notas al concluir la mediación. ( Mario de Almeida, nota 1 supra, página 15.)

4.- El mediador no revela ni los nombres de los participantes ni los términos de su acuerdo al público. No debe revelarse a las partes bajo ningún concepto.

5.- Por esta razón, antes de comenzar la mediación, el mediador exige que firmen un acuerdo de confidencialidad que afirma la obligación.-

6.- Debido a que la confidencialidad es un principio fundamental de la mediación, los participantes deben entender las excepciones antes de iniciar el proceso.

Un mediador que infringe la obligación de la confidencialidad puede sufrir varias consecuencias. En algunos lugares, la ley proporciona consecuencias específicas. Por ejemplo, en la Capital Federal de la República Argentina, la reglamentación de la ley de mediación estipula que la violación al principio de confidencialidad es una causal de suspensión y separación del Registro de Mediadores.

Los mediadores argentinos también pueden sufrir una responsabilidad penal y una responsabilidad civil si la infracción crea un daño. Mario de Almeida, nota 1supra , página 15.)….

En los Estados Unidos, las consecuencias usualmente se encuentran en el derecho de daños y perjuicios de cada estado.

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD * Copio textual del autor Walter A. Wright es un mediador con sede en Texas, EE. UU.

El presente convenio se celebra entre los abajo firmantes (requirente, requerido y sus letras dos) y el mediador.

Los que suscriben manifiestan conocer que las sesiones de mediación son de carácter confidencial y que el mediador no podrá ser citado a prestar declaración testimonial sobre los hechos que conozca con motivo de este proceso.

Si a pesar de ello fuera citado, el mediador se excusará de declarar, amparándose en el secreto profesional y el consecuente deber de preservar la confidencialidad. 

Ningún documento redactado durante el desarrollo del proceso de mediación podrá ser exigible en ningún procedimiento, salvo que todas las partes de la presente mediación y el propio mediador presten expreso consentimiento para ello.

Los abajo firmantes se comprometen a guardar absoluto sigilo sobre los hechos que se ventilen en el transcurso de la mediación, con excepción de aquellos casos en que se tomará conocimiento de un delito que pueda ocasionar la condena de un inocente, el perjuicio actual y continuado de un tercero, el abuso de un menor o incapaz o, en el supuesto que aún no se haya cometido y pueda ser evitado quebrantando la reserva.