Observadores Internacionales: Son las organizaciones internacionales,
organismos gubernamentales y no gubernamentales internacionales que se
acreditan como tales a través de la Oficina de Cooperación y
Relaciones Internacionales.
Qué hace la misión de observación electoral?
Es principalmente reconocida por su tarea de observación electoral y lucha contra el fraude electoral, pero también se enfoca en la vigilancia de la actividad legislativa del Congreso, el monitoreo técnico de procesos de profundización de la democracia y de construcción de paz.
El proceso electoral constituye los actos y actuaciones realizados en forma sucesiva por el Consejo Nacional Electoral dirigidos a garantizar el derecho al sufragio, la participación política y la soberanía popular, como fuente de la cual emanan los órganos del Poder Público.
¿Qué ley habla de los procesos electorales en Venezuela? Ley Orgánica de Procesos Electorales.
Artículo 292 CRBV. “El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva”.
Poder Electoral tiene como principios fundamentales:
La independencia orgánica
La autonomía funcional y presupuestaria
La despartidización de los organismos electorales
La imparcialidad
La participación ciudadana
La descentralización de la administración electoral
La transparencia
La celeridad en el acto de votación y escrutinio
Las elecciones son el mecanismo mediante el cual la ciudadanía expresa su voluntad y elige a sus representantes.
Figura de mediador electoral
Para
resolver conflictos de derechos políticos electorales de manera más expedita.
Mediación electoral,
es la democratización del conflicto electoral que se puede presentar, buscando
la solución por medio del dialogo y
teniendo esto un efecto directo por medio de los electores.
la mediación es importante y contribuye a que el pais tenga una mayor certeza de que se garantiza el voto de cada ciudadano., vista la experiencia de otros países de Latinoamérica. .
Tipos de conflicto electorales.
1.- Disputa entre los partidos políticos,
ósea sus dirigentes y activistas. 2.- conflictos entre el mismo
miembro de las mesas,
3.- conflictos por querer ejercer el voto donde no le corresponde.
Es por ello que el Estado a través de sus organismos electorales, tienen que diseñar
estrategias, y prevención para así evitar escenarios de riesgos y conflictos electorales.
El mandato para la
educación electoral, como el que generalmente se desarrolla para las
elecciones, es tomado no solo de la legislación nacional sino también de
prácticas internacionales comparativas y de instrumentos y principios
establecidos por los países en foros y tratados internacionales.
Qué
es la educación al votante?
En esencia, la
educación al votante es una empresa diseñada para asegurar que los votantes
estén listos, deseosos y con capacidad de participar en la política electoral.
Se asume que esto incluye un conocimiento electoral y una confianza en que los
procesos electorales son apropiados y eficaces para elegir los gobiernos y las
políticas que beneficiarán al votante individual. En sus manifestaciones más
recientes, sin embargo, el término también ha sido utilizado para la educación
de los votantes sobre temas políticos, percibiéndose en alguna medida que el
término "votantes" o "electores" resulta más apropiado que
el de "ciudadanos".
Los
objetivos de la educación al votante tradicional
La educación al
votante tradicional intenta crear un clima de participación con conocimiento
por parte de todos los posibles votantes en unas próximas elecciones.
Adicionalmente, pretende permitirle a los posibles electores emitir su voto con
confianza.
Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones
libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la
personalización del sufragio y la representación proporcional.
La autodeterminación de los pueblos, Conflictos Internacionales y la mediación Internacional.
Independientemente quien
tenga o no la razón, somos
pacificadores, y solicitamos como mediadores y facilitadores de la cultura de
la diálogo y negociación. La suspensión de las hostilidades,
violencia o guerra, para dar así una oportunidad a la Paz.
Debemos examinar primer lugar, la
situación de los derechos humanos de las víctimas de estos conflictos, conforme
al Derecho Internacional Humanitario.
La constante injerencia e intervencionismo
de las grandes potencias en el mundo
obedece a una ideología impuesta, desde los tiempos de la colonia y posguerra.
Cuando se habla de... Soberanía
de los Estados. Principio de no injerencia.-
Principio clásico del derecho internacional, consagrado en el
artículo 2.7. de la Carta de las Naciones Unidas, que consiste en que ningún
país puede intervenir en los asuntos internos de otros y que determina, en
ocasiones, junto con otros factores, la imposibilidad de protección
internacional de los derechos humanos.
El Derecho a la
autodeterminación de los pueblos.
Un Derecho Humano que no es muy conocido pero que actualmente posee
mucha importancia y una posición relevante como lo es el Derecho a la Libre
determinación de los pueblos.
El transcurrir del tiempo, este principio que se convirtió en un derecho,
que en un inicio fue planteado como una solución frente al poder desmedido de
las potencias colonizadoras, fue cambiando y adaptándose, dejando como
resultado un derecho abstracto entendida como derecho humano y las
consecuencias que pudiera derivar su errada aplicación.
Desde la libertad de los pueblos para elegir su gobierno sin ningún tipo
de presiones o influencias externas, con la idea que son los mismos pueblos los
que determinen de esta manera su propio destino.
Que significa la
injerencia humanitaria
Los conflictos armados así como la posguerra, viéndose escalada de
catástrofes humanitarias, han provocado consecuencias en términos de vidas
humanas y desplazamientos masivos de población resultan estremecedores, ha ido
progresivamente transformando los enfoques y planteamientos político humanitarios
respecto a cómo hacer frente a esta situación?...
Tenemos otro aspecto importante que cabe
señalar, la creciente imposibilidad de
asistir a las víctimas observándose la soberanía de cada país, cuando gobiernos impiden el acceso, se dio una forma de intervención
principalmente por parte de las Organizaciones No gubernamentales (ONG), basada en el derecho a
la injerencia humanitaria.
Otro momento importante en la historia, de la autodeterminación fue el proceso de
descolonización que se dio en numerosas partes del mundo, entre los siglos XIX
y XX, y que buscó terminar con la dominación de potencias como extranjeras.
Al violar la soberanía y la autodeterminación de un pueblo
(como sucede hasta el día de hoy mediante invasiones, por ejemplo) se está
frente a la violación de uno de los Derechos Humanos más significativos para la
construcción de la identidad y la historia de los pueblos.
Con la Declaración Universal de los DERECHOS
HUMANOS, a mediados del siglo XX, y como consecuencia del fin de la
Segunda Guerra Mundial, la autodeterminación comenzó a aparecer legalmente como
uno de los derechos que se vinculan con la soberanía y la necesidad de un
pueblo a auto determinar su realidad.
Cuando
se origina un conflicto internacional siempre se teme por las consecuencias que
se desencadenan, entre las cuales se encuentra la violación de los derechos
humanos, como la más frecuente y trascendente.
Es por
ello que, el Derecho Internacional Humanitario contiene un conjunto de normas
jurídicas convencionales y consuetudinarias destinadas a proteger a las
personas y a los bienes por razón de humanidad cuando existe un conflicto
bélico.
Según
(Guerra, 1988) los conflictos internacionales versan sobre hechos-su sentido y
su alcance- que después se traducen en apreciaciones jurídicas o bien versan
sobre cuestiones de derecho, y en este caso versan sobre interpretación de una
norma de Derecho Internacional o bien de una cláusula convencional, libremente
consentida por el estado respectivo.
De esta
manera, el artículo 33º de la Carta de la ONU, expresa: "Las partes en una
controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el
mantenimiento de la paz y la seguridad internacional trataran de buscarle
solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación,
la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial...... u otros medios
pacíficos de su elección" (énfasis nuestro). Igualmente, la Carta de la
OEA, en el artículo 24º dispone como medios pacíficos de solución de conflictos
los antes mencionados.
Muchos "derechos humanos “plasmados en
papel, pero pocos aplicables a las realidades y necesidades humanas.
Es
oportuno señalar las especificidades que presentan la mediación y la
negociación políticas, como paso necesario para comprender mejor estos
procesos. La relación entre mediación y negociación es estrecha; resulta ser
uno de los casos, donde se hace más precisa la definición de ambas, antes de superponer de tal manera, que resulta imposible deslindarlas.
Negociación y
mediación, son viejas herramientas de la actividad política. El día a día de
las instituciones políticas, y el comportamiento de los actores políticos.
La gravedad de los conflictos bélicos en
cualquiera de sus acepciones, donde la violencia ha sido una protagonista señoreada
a lo largo de mucho tiempo, y es donde más luce estos ejercicios de
búsqueda de consensos. De ahí su clara
aplicación en estos casos y los estudios de cultura de paz, como en la
investigación en el campo de los MARC.
La pregunta importante
que debe hacerse todo gestor de conflictos es: ¿cómo se puede reducir la
intensidad del conflicto?
Mediación internacional, se nos aparecen:
conflictos fronterizos, controversias transfronterizas, diálogos pre conflicto,
recuperación post conflicto y consolidación de la paz, así como otros
conflictos, conflictos comerciales y judiciales) y que, sin embargo, contienen
un elemento internacional.
La mediación, básica en todas las
fases de los procesos de paz. ... Es
necesario que haya mediación en todas las etapas del
proceso de paz, desde la prevención hasta el
mantenimiento de la paz, la consolidación de la
paz y el desarrollo, incluso entre las partes en conflictos prolongados”
El
oficio de mediador o facilitador en conflictos armados, es
uno de los más necesarios y también más difíciles. Su cometido es muy noble:
ayudar a las partes enfrentadas a encontrar un acuerdo que les satisfaga
suficientemente. Y ello sin imposiciones. Sólo con el consejo, la inducción a
lo sumo. Es un arte, con técnicas estudiadas y comprobadas, que sólo unas cuantas personas tienen la capacidad real de llevarlas a cabo.
Paciencia, flexibilidad, empatía y creatividad, son algunas de las virtudes del
buen mediador. El oficio no es nuevo; ha
existido siempre, porque siempre han existido conflictos que han requerido
de la participación de un intermediario. La mediación es un proceso en la que
intervienen múltiples actores, cada uno con un rol específico y complementario.
En conclusión, la mediación es un proceso lleno de obstáculos donde la
experiencia y profesionalidad del mediador resultan vitales para reconducir un
conflicto bélico hacia la paz. El
respaldo internacional, el
reconocimiento comointerlocutor
legítimo, el conocimiento del conflicto, la creatividad, la capacidad
persuasiva y el carácter conciliador de cada uno de ellos fueron elementos
claves para la resolución de estos conflictos
Es por ello que se debe
trabajar como mediadores internacionales, en Programas de conflictos y
construcción de paz, realizar un seguimiento y análisis diario de la coyuntura
internacional, en materia de conflictos armados, situaciones de tensión, crisis
humanitarias, Programa Construcción de Paz Posbélica, para aporte de una
cultura de la paz en las naciones. .
La paz
se construye a partir de la paz interior de cada una de las personas, pero también en sus
relaciones con organizaciones e instituciones, ámbito nacional e internacional.
Referencias.
Algunos aspectos. 1.- Extraídos de un
sitio web sobre tema.
2.- Iniciativa y estudio " proyecto educativo Mediación Venezuela".-
ACOSO ESCOLAR Y LA MEDIACIÓN ESCOLAR COMO
HERRAMIENTA PARA LA SOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
La mediación escolar es un método de resolución pacífica de conflictos generados en los espacios escolares. La mediación se da cuando las partes del conflicto no son capaces de resolver la situación por ellos mismos y necesitan que otra persona o personas de forma neutral intervengan para llegar a acuerdos. La prevalencia del acoso escolar ha aumentado en las últimas
décadas, ya que si bien se han realizado diversos programas de intervención para
abordar este fenómeno, no se han priorizado herramientas preventivas que, más
que proponer una intervención, proponen un cambio en la cultura del centro
educativo. Mediante una revisión teórica de éste fenómeno, se plantea a la
mediación escolar, como un proceso alternativo para abordar el acoso escolar
(Castellano en Aguirre et al., 2005, p. 17), esta se basa en promover la cultura de
la paz y pretende generar competencias sociales que permitan un mejor
desarrollo de los estudiantes. La intimidación o acoso escolar (para el que a veces se utiliza el término inglés bullying) es una forma de violencia juvenil que consiste en llevar a cabo ataques verbales, emocionales, físicos o psicológicos repetidos con la intención de dominar o humillar.
La mediación tiene una gran importancia en el ámbito escolar.
Por medio de ella, podemos solucionar conflictos entre compañeros sin llegar a la violencia física, conflictos familiares, conflictos curriculares para lograr un cambio disciplinario en el aula. Control en los pasillos y espacios de recreo. En la mediación escolar los estudiantes son entrenados para ejercer como mediadores y contribuir y ayudar a compañeros que se encuentren implicados en algún conflicto, a resolverlo de forma pacífica.
En líneas muy generales y sin ánimo
exhaustivo, el proceso puede desarrollarse de la siguiente manera:
1.Solicitud: de forma
presencial u online, recogida en un formulario web con o sin certificación
digital y puede ser presentada por ambas partes o por una de ellas.
2.Recepción: recibida
la solicitud, el mediador puede contactar con la parte solicitante, sea para
requerir más información o mantener una audiencia informativa y dar traslado a
la otra parte.
3.Caucus informativo
(videoconferencia en audiencia interactiva y flexible que puede mantener el
mediador con una o ambas partes de manera conjunta o separada.
4.Audiencias
conjuntas (videoconferencias en audiencias interactivas en las que las partes y
el mediador podrán verse y oírse en tiempo real).
5.Finalización del
proceso (puede ser con o sin acuerdo
. Podrán ser elevados los acuerdos de
mediación a documento Público, a voluntad de las partes, ya que es el Notario
el que debe verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley y
que el contenido del mismo no es contrario a Derecho).
El mediador deberá utilizar:
§Un sistema de
gestión de expedientes (gestor documental) para las etapas iniciales y final;
§Una sala de videoconferencia
privada y segura (que garantice la interacción, sincronicidad, privacidad y
evite la suplantación de identidad).
§Al mismo tiempo el
mediador debe exponer las técnicas propias de todo proceso de mediación
(escucha activa, manejo emocional, seguimiento guiado) y garantizar los
principios básicos tradicionales de la clásica mediación.
§El mediador debe
gestionar cualquier incidencia en el manejo de las TIC.
Siempre que se garanticen los principios
inspiradores de toda mediación,
. . . y
que se realice en un marco privado y seguro (que fácilmente podrá ser cubierto
en el caso de que el proceso se desarrolle en el marco de videoconferencias
bajo protocolos https, u otros métodos sincrónicos sofisticados y seguros)
estaremos ante una magnífica herramienta y un instrumento eficaz para dirimir
controversias. Dispone la mediación electrónica de una sólida
cobertura que hace factible y segura su desarrollo, al existir herramientas TIC diseñadas
ad hoc para esta nueva demanda de la sociedad imperante, cual es la resolución
alternativa de conflictos a través de las nuevas tecnologías.
Entre las diferentes ventajas de la
mediación electrónica,
. . .
se suelen destacar la rapidez, eficacia de la
misma,disminución de costes (evita
desplazamientos innecesarios), eliminación de barreras geográficas, superación
de limitaciones lingüísticas.
No obstante, esta solución no
está exenta de críticas y tradicionalmente se le ha reprochado la falta de
inmediatez en la mayoría de los supuestos (puesto que no en todos los casos
podremos ver y oír en tiempo real, aunque ello sería lo deseable y
aconsejable), la falta de interpretación del lenguaje corporal y la gestión
emocional.
En todo
caso la Mediación debe respetar los principios y garantías de
confidencialidad y evitar la suplantación de identidad. Estos
son los principales problemas que se plantean a propósito de la mediación
electrónica y los principales objetivos a cumplir que debe presidir este tipo
de mediación.
La
responsabilidad en relación con la confidencialidad, el
secreto documental, protección de datos de carácter personal, igualdad de
oportunidades para personas con discapacidad y la suplantación de identidad.
Por su parte,
se establece una triple vía para la acreditación de la identidad: a) firma
digital b) presencia ante el mediador, c) sistema
de mutuo acuerdo entre las partes y el mediador.
En aras de la transparencia, el
mediador,
. . .
y/ o la institución de mediación, debe ofrecer en su página
web, información detallada sobre la normativa aplicable, la
identidad del mediador o institución de que se trate, descripción del
procedimiento de mediación electrónicos, coste económico del procedimiento, así
como posibles consecuencias jurídicas del posible acuerdo. Será
el mediador o institución de mediación el que debe responsabilizarse del
correcto funcionamiento de mediación por medios electrónicos, (garantías de
privacidad, integridad, secreto documental y de comunicaciones, veracidad y
autenticidad de la identidad de los intervinientes y de las declaraciones,
confidencialidad.). Para reforzar la seguridad del
procedimiento será aconsejable acudir a la ley sobre la
firma electrónica.-
Exige la posibilidad de emitir
justificantes de las comunicaciones, que deberán reflejar la fecha y hora a efectos
de cómputo de plazos
Desarrollo de la mediación electrónica
En
líneas muy generales y sin ánimo exhaustivo, el
proceso puede desarrollarse de la siguiente manera:
1.Solicitud: de forma presencial u online, recogida en un
formulario web con o sin certificación digital y puede ser presentada por ambas
partes o por una de ellas.
2.Recepción: recibida la solicitud, el mediador puede contactar
con la parte solicitante, sea para requerir más información o mantener una
audiencia informativa y dar traslado a la otra parte.
3.Caucus informativo (videoconferencia en audiencia interactiva y
flexible que puede mantener el mediador con una o ambas partes de manera
conjunta o separada.
4.Audiencias conjuntas (videoconferencias en audiencias
interactivas en las que las partes y el mediador podrán verse y oírse en tiempo
real)
5.Finalización del proceso (puede ser con o sin acuerdo. La que la
norma no dice es cómo deberán ser elevados los acuerdos de mediación a
Escritura Pública, ya que es el Notario el que debe verificar el cumplimiento
de los requisitos exigidos por la Ley y que el contenido del mismo no es
contrario a Derecho).
Siempre que se garanticen los principios
inspiradores de toda mediación, en definitiva debe pensarse que si la
tecnología ha avanzado en la actualidad,es inminente y necesario que la mediación online deba también impartirse
e impulsarse como resolución en disputas online.-
. . .
ZAIDA MARCANO DE NAVAS
En la
actualidad soy Redactora en diversas publicaciones jurídicas en revistas
digitales de prestigio a nivel nacional
e internacional y también analizando la actualidad jurídica en la academia internacional online CJ.
Presidenta del proyecto educativo Mediación Venezuela imparto junto a mis
compañeras juristas internacionales y nacionales charlas y
talleres educativos. Soy Abogada, Docente, Mediadora privada,y locutora radial.
MODELO. PLATAFORMA.
Resuelva.-
Cuéntanos tu problemacomo consumidor?
Mediación
y Resolución de conflictos en línea.
Paso
1--Detalles del Comercio
paso 2--
Describa su reclamo o queja
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información personal.
a.-
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Datos
del comerciante su nombre, correo electrónico, o casa comercial,que país se encuentra-
Dirección
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b.-Este
sitio ofrece procedimientos de resolución extrajudicial.
Todos por estándares de
calidad relacionados con la equidad, la eficiencia y la accesibilidad.
Suelen ser más rápidos y
económicos que acudir a los tribunales.
COVID-19:
información importante para consumidores y comerciantes
ORIENTACIÓN.- ejemplos. sobre los derechos de
pasajeros y viajeros
Preguntas
frecuentes. Ejemplos sobre la
cancelación de alojamientos reservados individualmente, alquileres de
coches y eventos
Tenga
en cuenta que la información proporcionada en este sitio no constituye un
asesoramiento legal ni ofrece ninguna garantía de que podrá resolver su
disputa.
·Conoces tus derechos- te damos
herramientas
·Significa que un consumidor tiene un problema sin resolver con
un bien o servicio comprado en su tienda en línea y eligió utilizar la
plataforma ODR para encontrar una solución.
centro online de resolución de disputas, es un tercero neutral que ayuda a los
consumidores y comerciantes a resolver disputas sin confrontaciones. Por
lo general, son menos costosos y más rápidos que acudir a los tribunales.
Los Movimientos o partidos Políticos legalmente inscritos en el Consejo Nacional Electoral, tienen sus deberes
y obligaciones para con los demás adherentes de la organización política, y el mismo organismo rector, así como la ciudadanía. .
En la actualidad, se les presentan diversos tipos
de conflictos, ya sean de orden social o económico, los mismos que no pueden
ser resueltos por el organismo regulador.
Es necesario demostrar que hay establecer un espacio mediante el cual
los conflictos que se presenten, puedan ser resueltos con la Mediación.
Nos
damos cuenta que las Organizaciones Políticas, tienen todo tipo de conflictos,
alterando esto la paz y armonía por la que deben velar sus dirigentes.
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ¿De qué manera pueden las organizaciones
políticas resolver sus conflictos, ya sean entre ellas, con sus adherentes o
con su ente regulador?
Se justifica la necesidad de implementar la
Mediación dentro de la función electoral como un método alterno de solución de
los conflictos que se producen o se puedan producir en las organizaciones
políticas, tanto entre ellas, entre sus adherentes como con el ente regulador,
sea en períodos electorales o fuera de ellos, pero sobre todo, que sea un medio
efectivo para resolverlos.
En otras palabras,
establecer la Mediación como método para solucionar los conflictos y que el
acta de mediación, en el caso de imposibilidad de acuerdo, sea requisito
indispensable para iniciar procesos en el ámbito jurisdiccional.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
1.- Determinar la
existencia y conocer los conflictos en las Organizaciones Políticas, legalmente
inscritas. 2.- Dialogar con funcionarios del ente regulador con la propuesta de
la mediación. 3.- Promover la mediación entre los adherentes de los Movimientos
Políticos. 4.- Creación de centro de mediación en las instalaciones del ente
regulador asimismo los centro de votación de cada región,...
MALA CONVIVENCIA VECINAL , UNA PERSONA PERTURBANDO EL PASO PEATONAL EN SU COMUNIDAD .
El rol del mediador surge como una respuesta neutral e imparcial al conflicto, sirviendo de canal para la moderación entre las partes, procurando que sean estas las que propongan métodos o alternativas de solución al conflicto. Lamediación policial permite detener la escala de los conflictos, en razón a que los implicados colaboran en la solución del conflicto, así, el policía mediador se convierte en un facilitador del procedimiento para zanjar la controversia.
La mediación policial, pretende instaurar una nueva orientación en las actividades cotidianas de la seguridad pública. ... La mediación policial es viable y factible para la reconstrucción de relaciones interpersonales e intergrupales que fortalece el capital social, previniendo las conductas antisociales.
El uso de la mediación hace que el policía sienta empatía con la situación de los ciudadanos, además, previene que los conflictos acrecienten y evita que los mismos habitantes de la comunidad cometan delitos a raíz de las disputas que entre ellos se crea.
La Mediación Policial es la forma en que las personas pueden resolver sus conflictos, por medio del diálogo y con ayuda de un Policía Mediador, que deberá ser imparcial, en donde cada una de las partes en conflicto tienen la oportunidad de exponer el problema, y colaborar voluntariamente con el fin de lograr un acuerdo ...
Las 7 habilidades policiales son: acondicionamiento físico, defensa personal, manejo de PR24, manejo de radiocomunicación, detención y conducción de indiciados, armamento y tiro policial, conducción de vehículos policiales.
Para ser un buen candidato a policía se requiere tener una serie de rasgos psicológicos determinados, una buena formación y una serie de valores y actitudes. Se debe poseer un gran autocontrol para hacer frente a situaciones difíciles, ser tolerante, tener empatía y mostrar interés por los demás.
El ejercicio de esta vocación policial no tiene diferencias entre el desempeño y la vida privada, debe ser intachable como ejemplo para todos; conservar valerosamente la calma ante el peligro, el desprecio y la burla, desarrollar el autocontrol y estar constantemente atento al bienestar de los demás. ...
Las fases que de forma general podemos encontrar son: preparación para la mediación, presentación, recogida de información, aclaración, propuesta de soluciones y finalmente el acuerdo.