Todo niño, niña o
adolescente, tiene no sólo la necesidad sino además el derecho a la convivencia
familiar con el padre o la madre que no tenga su custodia … de mantener una
relación estrecha y directa con su hijo, así como de intercambiar el afecto y
cariño que debe prevalecer en toda relación paterno filial”.
Derecho de todo niño, niña o adolescente de criarse y desarrollarse en
el seno de su familia, toda vez que dicha crianza ciertamente no se reduce al
progenitor que detenta la custodia.
La figura está regulada el ordenamiento venezolano entre otros en Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente (LOPNNA) en sus
artículos 385 al 390.
Progenitor e hijo se necesitan, aunque no convivan”. El interés del hijo
está en conservar los lazos con sus dos progenitores en un plano de igualdad.
Padre y madre son imprescindibles en el desarrollo psico-afectivo del menor.
El
artículo 76 de la CRBV señala lo siguiente: “El padre y la madre tiene el deber compartido e
irrenunciable de criar, formar, educar, mantener ...
Se define como la manipulación o inducción que un progenitor realiza hacia su hijo, mediante la desaprobación o crítica tendiente a producir en el menor rechazo, rencor, odio, miedo o desprecio hacia el otro progenitor.
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