Los Movimientos o partidos Políticos legalmente inscritos en el Consejo Nacional Electoral, tienen sus deberes
y obligaciones para con los demás adherentes de la organización política, y el mismo organismo rector, así como la ciudadanía. .
En la actualidad, se les presentan diversos tipos
de conflictos, ya sean de orden social o económico, los mismos que no pueden
ser resueltos por el organismo regulador.
Es necesario demostrar que hay establecer un espacio mediante el cual
los conflictos que se presenten, puedan ser resueltos con la Mediación.
Nos
damos cuenta que las Organizaciones Políticas, tienen todo tipo de conflictos,
alterando esto la paz y armonía por la que deben velar sus dirigentes.
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ¿De qué manera pueden las organizaciones
políticas resolver sus conflictos, ya sean entre ellas, con sus adherentes o
con su ente regulador?
Se justifica la necesidad de implementar la
Mediación dentro de la función electoral como un método alterno de solución de
los conflictos que se producen o se puedan producir en las organizaciones
políticas, tanto entre ellas, entre sus adherentes como con el ente regulador,
sea en períodos electorales o fuera de ellos, pero sobre todo, que sea un medio
efectivo para resolverlos.
En otras palabras, establecer la Mediación como método para solucionar los conflictos y que el acta de mediación, en el caso de imposibilidad de acuerdo, sea requisito indispensable para iniciar procesos en el ámbito jurisdiccional.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
1.- Determinar la
existencia y conocer los conflictos en las Organizaciones Políticas, legalmente
inscritas. 2.- Dialogar con funcionarios del ente regulador con la propuesta de
la mediación. 3.- Promover la mediación entre los adherentes de los Movimientos
Políticos. 4.- Creación de centro de mediación en las instalaciones del ente
regulador asimismo los centro de votación de cada región,...
LA MEDIACIÓN EN LA
CONSTITUCIÓN
En Nuestra Carta Magna