domingo, 29 de mayo de 2022

Procesos electorales, educación electoral y la resolución de conflictos políticos electorales.

 








Observadores Internacionales: Son las organizaciones internacionales, organismos gubernamentales y no gubernamentales internacionales que se acreditan como tales  a través de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales.

Qué hace la misión de observación electoral?

Es principalmente reconocida por su tarea de observación electoral​​ y lucha contra el fraude electoral,​ pero también se enfoca en la vigilancia de la actividad legislativa del Congreso,​​ el monitoreo técnico de procesos de profundización de la democracia​​ y de construcción de paz.

 El proceso electoral constituye los actos y actuaciones realizados en forma sucesiva por el Consejo Nacional Electoral dirigidos a garantizar el derecho al sufragio, la participación política y la soberanía popular, como fuente de la cual emanan los órganos del Poder Público.

¿Qué ley habla de los procesos electorales en Venezuela? Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Artículo 292 CRBV. “El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva”.


Poder Electoral tiene como principios fundamentales:

  1. La independencia orgánica
  2. La autonomía funcional y presupuestaria
  3. La despartidización de los organismos electorales
  4. La imparcialidad
  5. La participación ciudadana
  6. La descentralización de la administración electoral
  7. La transparencia
  8. La celeridad en el acto de votación y escrutinio
  9. Las elecciones son el mecanismo mediante el cual la ciudadanía expresa su voluntad y elige a sus representantes.

 Figura de mediador electoral


 Para resolver conflictos de derechos políticos electorales de manera más expedita.

 Mediación electoral, es la democratización del conflicto electoral que se puede presentar, buscando la solución por medio del dialogo  y teniendo esto un efecto directo por medio de los electores.

 la mediación es importante y contribuye a que el pais tenga una mayor certeza de que se garantiza el voto de cada ciudadano.,  vista la experiencia de otros  países de  Latinoamérica. . 



Tipos de conflicto electorales.

 1.- Disputa entre los partidos políticos,  ósea sus dirigentes  y activistas. 2.- conflictos entre el mismo miembro de las mesas,

3.- conflictos por querer  ejercer el voto donde no le corresponde.

Es por ello que el Estado a través de  sus organismos electorales, tienen que diseñar estrategias, y prevención para así evitar escenarios  de riesgos y conflictos electorales.


El mandato para la educación electoral, como el que generalmente se desarrolla para las elecciones, es tomado no solo de la legislación nacional sino también de prácticas internacionales comparativas y de instrumentos y principios establecidos por los países en foros y tratados internacionales. 

                                   

    Qué es la educación al votante?

En esencia, la educación al votante es una empresa diseñada para asegurar que los votantes estén listos, deseosos y con capacidad de participar en la política electoral. Se asume que esto incluye un conocimiento electoral y una confianza en que los procesos electorales son apropiados y eficaces para elegir los gobiernos y las políticas que beneficiarán al votante individual. En sus manifestaciones más recientes, sin embargo, el término también ha sido utilizado para la educación de los votantes sobre temas políticos, percibiéndose en alguna medida que el término "votantes" o "electores" resulta más apropiado que el de "ciudadanos".

Los objetivos de la educación al votante tradicional

La educación al votante tradicional intenta crear un clima de participación con conocimiento por parte de todos los posibles votantes en unas próximas elecciones. Adicionalmente, pretende permitirle a los posibles electores emitir su voto con confianza.


Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.


 

Mediación 

Proyecto educativo